. . . . . . . .
#

01/07/2025

Juicio por Jurado: lo que tienes que saber

El sistema de enjuiciamiento de Juicio por Jurado fue puesto en vigencia por la ley 8478. En cada juicio se desempeñarán doce jurados titulares y cuatro suplentes que serán seleccionados del listado surgido del sorteo.

La ley establece la competencia de los juicios por jurados solo a los casos previstos en el artículo 80 del Código Penal y los delitos conexos.

En una audiencia preliminar al juicio se sorteará a los potenciales jurados empleando el padrón elaborado y se fijará una audiencia para la selección.

Los miembros del jurado al inicio de la audiencia de debate deberán jurar de pie y con la mano derecha levantada, tras lo cual recibirán las instrucciones iniciales en lenguaje claro.

El jurado deberá elegir un portavoz que será el encargado al final del debate de entregar la decisión en un sobre al juez.

Los jurados titulares o suplentes no deberán mantener contacto con terceras personas o con medios de comunicación durante todo el desarrollo del juicio.

Los miembros del jurado designados como suplentes permanecerán a disposición y asumirán en caso que alguno de los titulares no pueda continuar participando en la deliberación.

Con la lectura del veredicto finalizará la labor de los jurados quienes abandonarán la sala de audiencia tras lo que el juez dictará la sentencia pudiendo fijar la pena en una audiencia posterior.

#